APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 66 BIS DE LA LEY N°16.744 SOBRE LA
GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN OBRAS, FAENAS O SERVICIOS QUE INDICA.
Apruébase el siguiente Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744, incorporado por la Ley N° 20.123, que establece normas en materia de seguridad y salud en el trabajo para obras, faenas o servicios en que presten servicios trabajadores sujetos a régimen de subcontratación.
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